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TEMA: Problemas con tienda en Vegadeo (Asturias)

Problemas con tienda en Vegadeo (Asturias) 02 Abr 2008 19:23 #103369

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Hola a todos de nuevo, perdon por mi ausencia. Bueno, como os prometi voy a poner todos los documentos que tenemos:
1º el contrato de compra-venta que me dieron en la tienda

DOCUMENTO DE COMPRA-VENTA Y GARANTIA DEL CACHORRO
Se hace entrega a xxx cachorro de raza Bichón Maltes sexo V n° de chip xxxxxxxxx.
1-El plazo de garantía del cachorro (establecida por el articulo 3.4 de la ley 1/1990 de l de febrero) será de quince días para el parvovirus y el moquillo canino (únicamente la garantía será valida para estos dos tipos de virus).Para cualquier tipo de enfermedad o fallecimiento del cachorro, tendrá que presentarse el mismo (congelado) así coma una necropsia del veterinario certificando el fallecimiento (parte veterinario y acta).Los posibles gastos de veterinario correrán siempre a cuenta del cliente(gastos consulta, necropsia,etc...) así como los gastos de envío del cachorro. En ningún caso se reembolsan el dinero.
Muy importante La garantía (vírica) perderá su validez a partir de que el veterinario comience a administrar las vacunas al cachorro.(siempre y cuando no s en la clínica veterinaria xxxxx)
Desde el mismo momento de la entrega del cachorro, el único responsable del mismo será el nuevo propietario y como tal correrá con todos los gastos veterinarios.
En caso de fallecimiento del cachorro (víricas), estamos obligados a reponer el cachorro antes de 3 Meses
2-No nos hacemos cargo de las posibles negligencias que los propietarios pudieran cometer con el cachorro, tales como exponerlo al frió intenso o al calor sofocante, no desparasitarlo o vacunarlo cuando sea debido, cambiarle el pienso o su alimentación radicalmente.
3-El cliente conoce las condiciones de esta garantía y con el pago del cachorro las acepta
4-Si el cliente renuncia a dichas obligaciones renuncia a la garantía y por tanto carecerá de validez.
5-Se recomienda no poner en contacto al cachorro con otros perros hasta terminado su programa de vacunación y haber cumplido los 3 meses de edad
Xxxxxx a 16 de febrero de.2008


2ºRevisión veterinaria

En xxxx a fecha de: 12 FEBRERO DE 2008 colegiado: xxxxx
Este cachorro ha pasado una revisión veterinaria ya la fecha de hoy no presenta signos aparentes de ninguna enfermedad “infecto contagiosa”
Y haber iniciado la desparasitación tanto interna como externa adecuada con:
ZIPIRAN PLUS
FRONT LINE
Los cachorros son inicialmente desparasitados, si vieras algún parásito en sus heces “no te alarmes’, acude a tu veterinario. Una vez terminada te vacunación es conveniente desparasitar cada 3 o 4 meses, durante el resto de su vida.
El perrito lleva una identificación mediante implante de microchip subcutaneo

3º La cartilla de vacunación no la puedo poner porque no es un folio, sino un libro pequeñito (una cartilla de vacunación estandard) Unicamente decir que es de Huesca.

4º Informe del veterinario:

Revisión veterinaria

INFORME QUE EMITE XXXXXXXXXX, VETERINARIA LIBRE nºXXXXXXXX HABILITADO POR EL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE ASTURIAS DOMICILIADO XXXXX.
El domingo día 17 de febrero de 2008, a las 14.45 horas se atendió en el Centro Veterinario-xxxxxx, al perro que responde al nombre de PANCHO con numero de chip xxxxxx, nacido el 12 de diciembre de 2007, de raza bichón maltes, de sexo macho, cuyo propietario es xxxxxx con domicilio xxxxxx.
SE REALIZÓ:
1.-Anamnesis: El perro tiene diarrea líquida y vomita desde por la mañana. El animal no come ni bebe.
2.-Condiciones de llegada: Zona perianal manchada con restos de diarrea líquida con restos de mucosa. Su estado es apático aunque atento y consciente.
3.-Exploración: Temperatura 37.4°C. Mucosas pálidas. Tiempo de llenado capilar ligeramente retardado. Ligera persistencia del pliegue cutáneo.
4.-Auscultación pulmonar y cardiaca: Ligera taquicardia y taquipnea.
5.-Coprológico: Al microscopio óptico negativo a parásitos. Test de parvovirosis positivo.
6.-Radiográfico: Imagen lateral de abdomen y tórax compatible con gastroenteritis.
7.-Diagnóstico: Compatible con gastroenteritis vírica aguda
8.-Tratamiento: Hospitalización del animal. Antiemético (Metoclopramida), antiinfecciosos de amplio espectro (amoxicilina más acido clavulánico, gentamicina y metronidazol), suero salino fisiológico, suero glucosado al 5%. Duphalyte (aminoácidos, dextrosa, electrolitos y complejo vitamínico B) y antiácido y protector de la mucosa intestinal (cimetídina), cloruro potásico, antiparásitario (milbemicina oxima y prazicuantel), probiótico intestinal.
9-Pronóstico: Reservado.
10.-Seguimientos: El día 18,19 y 20 de febrero continúa con diarrea líquida con restos de mucosa intestinal. Se consigue controlar el vómito. Presenta una taquicardia marcada, con ligera hipotermia y las mucosas pálidas.
Se advierte una ligera mejoría en la tarde del día 20 y la mañana del día 21 de febrero.
En la tarde del día 21 su estado empeora, presentando síntomas de hipoglucemia que se corrige con un aporte extra de glucosa. Se encuentra muy apático y apenas se mueve, su estado es crítico.
El animal fallece a las 11.42 de la mañana del día 22 de febrero de 2008 tras varias maniobras de reanimación.
xxxxx, a 22 de Febrero de 2008
xxxxx.

5º Informe de la ncropsia (unicamente pongo el examen externo y la conclusiones)

INFORME DE NECROPSIA
Examen externo
El cadáver correspondiente a un perro de raza bichón maltes, macho y con microchip xxxxxxxxxxx, desnutrido, la edad que no corresponde aparentemente a la declarada. El cuerpo aparece frío, pesa 1,000 g. Presenta un edema en la parte derecha del cuerpo. El pelo es de color blanco, es normal en cantidad y de distribución. La cabeza y el cuello son simétricos. Las pupilas son redondas, regulares e iguales. Las orejas y la nariz tienen buena conformación y no contiene sangre ni exudados. Los únicos dientes que se observan son los caninos deciduos superiores, siendo su promedio de erupción de tres. La lengua y la faringe no presentan anormalidades. No se observan en el cuello adenopatías ni otros bultos. El tórax es normal en forma. La forma del abdomen no exhibe anormalidades. El ano parece normal Los genitales no se observan, correspondiendo a un cachorro de su edad. El prepucio está presente. Las extremidades no son simétricas las del lado derecho presentan edema.
(…)

Conclusiones
Se recibe un cadáver de un perro fallecido el 22 de febrero de 2008, de raza bichón maltes, macho. Según la documentación presentada nació el 12 de diciembre de 2007 y fue vacunado de moquillo, hepatitis, parvovirosis y leptospirosis el 26 de enero de 2008.
1.- Según la documentación presentada el perro debería tener 72 días y según la dentición observada tendría entre 21 y 35 días. Los únicos dientes que se observan son los caninos superiores, siendo su promedio de erupción de 21 días. El tiempo máximo de demora en el comienzo de la erupción es de 35 días. Así que llegamos a la conclusión que la edad no corresponde aparentemente a la declarada.
2.- Se observa un edema en al lado derecho del cuerpo, que se debe a la salida de liquido de los vasos antes de la muerte o después de la muerte. El líquido extravasado se deposita en la parte más declive del cuerpo.
3.- La cortical del riñón izquierdo es mas cérea que la del riñón derecho, esto es compatible con impregnación de bilis, como se observa en el contenido del estomago e intestino.
4.- Las ulceras del aparato digestivo son reflejo de una gastroenteritis vírica.
A este informe acompaña un disco con las fotogratias tomadas en la necropsia.
XXXXXXXX
Colegiado xxxxxxx

Bueno eso es toda la documentación que poseemos. Me gustaría saber todas vuestras opiniones al respecto
Muchisimas gracias a todos
El tema ha sido cerrado.

Problemas con tienda en Vegadeo (Asturias) 03 Abr 2008 08:21 #103430

Gaf,
para valorar el contrato de compraventa, necesito saber el lugar donde pone el contrato que fué firmado (las xxxxx de Xxxxxx a 16 de febrero de.2008). Si no quieres ponerlo en el foro, dímelo por mp.

Es importante para conocer la normativa aplicable, porque no me cuadra. Si compras el cachorro en una tienda en Vegado, tú estás en Asturias, en principio la Ley aplicable es la Asturiana (que es la Ley 13/2002) y no una ley 1/1990, de 1 de febrero (que debe ser la de Madrid).
El tema ha sido cerrado.

Problemas con tienda en Vegadeo (Asturias) 03 Abr 2008 08:58 #103439

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Perdona, era para que los administradores no nos llamasen la atención. El contrato está firmado en Vegadeo a 16 de Febrero de 2008, eso es lo que pone. Creo que esta ley que pone en el contrato (1/1990) también es de Asturias, lo que pasa que posteriormente salió la 13/2002, en la que hay algunas modificaciones de la primera. Pero tampoco lo sé a ciencia cierta, seguro que tu lo sabes mejor.

Si tienes alguna duda más de los documentos, me lo dices.

Gracias
El tema ha sido cerrado.

Problemas con tienda en Vegadeo (Asturias) 03 Abr 2008 09:20 #103442

Por lo que veo, no. La única Ley de tenencia y protección de animales en Asturias es la 13/2002.

La Ley 1/1990 es la de Madrid y en el artículo 13.4 (¿es un error que hayas puesto 3.4 o lo pone así en el contrato?) menciona el tema de la garantía sanitaria, aunque no de forma igual a como viene en el contrato.

La normativa Asturiana no dice nada respecto a la garantía sanitaria, por lo que es aplicable lo que he comentado del Código Civil y la prohibición de vender animales con enfermedades contagiosas.

Pero la normativa en Asturias si dice algunas cosas muy interesantes, como
Artículo 9. Cesión y venta de animales.
1. La cesión gratuita o venta de los animales objeto de esta Ley en lugares o instalaciones públicas sólo se podrá realizar en aquellos autorizados por la Consejería competente en materia de ganadería.
2. SÓLO SE PODRÁN VENDER PERROS Y GATOS MAYORES DE OCHO SEMANAS. No obstante, los perros y gatos que vayan desde el criadero al domicilio particular del comprador directamente podrán ser vendidos con seis semanas.
3. Toda venta de animales de compañía deberá acompañarse en el momento de la entrega del animal al receptor del animal de un DOCUMENTO INFORMATIVO sobre las características y las necesidades del animal, que contenga asimismo consejos para su educación y manejo.
Artículo 42. Infracciones graves.
Son INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS GRAVES:
d) Vender PERROS Y GATOS CON INCUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 9.1 Y 2 DE ESTA LEY.
Artículo 44. Cuantía de la sanciones.
b) GRAVES: 601,02 EUROS A 3.005,06 EUROS.
3. La imposición de cualquiera de las sanciones establecidas en la presente Ley NO EXCLUYE DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA PERSONA SANCIONADA, NI DE SU OBLIGACIÓN DE HACER FRENTE A LA INDEMNIZACIÓN QUE PUDIERA RESULTAR EXIGIBLE POR LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR LA INFRACCIÓN COMETIDA.
Artículo 45. Sanciones accesorias.
En la resolución del expediente sancionador, además de las multas a que se refiere el artículo 44, los órganos competentes podrán imponer las siguientes sanciones accesorias:
a) El CIERRE TEMPORAL O DEFINITIVO DE LOS ESTABLECIMIENTOS regulados por esta Ley para las infracciones graves o muy graves. El cierre podrá llegar HASTA DOS AÑOS en las infracciones graves, y en las muy graves, de dos a cuatro años, hasta el cierre definitivo.
b) LA PROHIBICIÓN TEMPORAL O PERMANENTE, respectivamente para las infracciones graves y muy graves, DEL EJERCICIO DE ACTIVIDADES COMERCIALES reguladas por la Ley. La prohibición temporal en las infracciones graves podrá llegar HASTA DOS AÑOS.
d) LA PROHIBICIÓN DE ADQUIRIR ANIMALES POR UN PERÍODO DE HASTA DOS AÑOS, SI LA INFRACCIÓN ES CALIFICADA DE GRAVE, y de dos a cuatro años, hasta prohibición definitiva, si la infracción es muy grave.
f) La comisión de faltas graves o muy graves de las previstas en esta Ley, en los centros u otros establecimientos e instalaciones, podrá comportar LA INHABILITACIÓN DEL GESTOR O GESTORA O PERSONA RESPONSABLE DE FORMA TEMPORAL O DEFINITIVA. LA INHABILITACIÓN EN LAS INFRACCIONES CALIFICADAS COMO GRAVES PODRÁ LLEGAR HASTA DOS AÑOS. En las muy graves, de dos a cuatro años, hasta la inhabilitación definitiva.

Artículo 46. Graduación de las sanciones.
1. Para la graduación de la cuantía de las multas y la determinación del tiempo de duración de las sanciones previstas en el artículo precedente se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:
a) La IMPORTANCIA DEL DAÑO CAUSADO AL ANIMAL.
b) La existencia de lucro ilícito y la cuantía del beneficio obtenido en la comisión de la infracción.
c) La TRASCENDENCIA SOCIAL O SANITARIA Y EL PERJUICIO CAUSADO POR LA INFRACCIÓN COMETIDA.
d) La reincidencia en la comisión de infracciones. Existe reincidencia cuando se hubiere impuesto sanción mediante resolución firme en vía administrativa por comisión de una de las infracciones previstas en la presente Ley, en el plazo de cinco años.
Artículo 47. Personas responsables.
Se considerará responsables de las infracciones previstas en esta Ley a quienes por acción u omisión hayan participado en su comisión, a la persona propietaria o poseedora de los animales o, en su caso, a la persona responsable de la gerencia y a la persona titular del establecimiento, local, centro o medio en el que se produzcan los hechos. En este último caso, se considerará también responsable a la persona titular de la empresa del transporte.
Artículo 48. Prescripción.
1. Los plazos de prescripción de las infracciones son dos años para las graves, a contar desde la fecha de la comisión de la infracción.


Como puedes ver, de entrada, la tienda ya podría haber cometido una primera infracción administrativa grave, que es la de vender un animal con un edad inferior a 8 semanas (35 días = 5 semanas).
No sólo le pueden sancionar con multa, sino también cerrar la tienda por dos años.
Creo que sería muy interesante hacerle saber este dato a los de la tienda.


Por cierto, te he mandado un mp.
El tema ha sido cerrado.

Problemas con tienda en Vegadeo (Asturias) 03 Abr 2008 10:46 #103447

  • dafna13
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madre del amor hermoso que barbaridad
es que que falta de escrupulos verguenza e inhumanidad tiene esta gentuza
duro con ellos que paguen por todos los animalitos que han vendido de esta forma mal%nacidos jejej lo pongo asi por si la palabreja no pasa el baneo del filtro antipalabrotas jajaja

El tema ha sido cerrado.

Problemas con tienda en Vegadeo (Asturias) 03 Abr 2008 11:38 #103450

  • jose-jose
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Si proviene de los famosos de huesca que se puede esperar.

Demos buenos ejemplos a nuestros animales, que ellos muchas veces nos los dan a nosotros.
El tema ha sido cerrado.
Moderadores: anaisabel